Anteproyecto de ley de creación de la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha sometido a audiencia e informacion publica este anteproyecto, finalizando el plazo para presentar alegaciones el próximo 12 de Mayo. Este Anteproyecto puede consultarse en la página Web del Ministerio.

Esta Ley tiene como finalidad crear un nuevo organismo que dé una respuesta eficaz a las reclamaciones de usuarios de servicios financieros, centralizando en un único organismo los actuales servicios de reclamaciones de la CNMV, el Banco de España y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, emitiendo resoluciones vinculantes cuando la cantidad reclamada sea inferior a 20.000 euros y extendiendo la protección, no solo a los clientes de entidades actualmente supervisadas, sino también a los clientes de Fintech y empresas prestadoras de servicios de criptoactivos.

Actualmente todavía le queda mucho recorrido al texto debido a que después del trámite de audiencia pública ha de pasar por el Congreso, por lo que se espera que pueda estar listo para su aprobación en el segundo semestre del año.

El propósito de la futura ley es loable pues la estructura de reclamaciones que confluirán en una sola autoridad, evitando la actual dispersión, desincentivará las malas praxis por parte de las firmas que caen bajo su ámbito de control. Cada reclamación admitida a trámite supondrá un coste, según el texto actual, de 250 euros para la entidad en cuestión. La contraparte está en que también el reclamante debe estar seguro de que su petición no es infundada.

No obstante, habrá que esperar ya que, al margen de su camino legislativo, su capacidad de actuación estará limitada a que cuente con la dotación presupuestaria propia en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Otro de los requisitos para que el organismo sea operativo es que se produzca el nombramiento de las personas titulares de la presidencia y la vicepresidencia. Hasta que esta condición y la del presupuesto no estén listas, los servicios de reclamaciones de la CNMV, del Banco de España y de la DGSFP serán los que continúen operando con las «funciones que tengan encomendadas a la entrada en vigor de esta ley».

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